Fondo abierto
El fondo está clasificado en el SFDR como artículo 8 y promueve las características medioambientales y/o sociales, así como las prácticas de buen gobierno, mediante la selección, las restricciones, el análisis de las inversiones y la toma de decisiones, así como la propiedad activa. El fondo sigue la política de inversión responsable de Danske Invest.
Los fondos que promueven factores ambientales (E) y/o sociales (S) y garantizan prácticas de buen gobierno (G) se denominan fondos ESG en Danske Invest. Estos fondos promueven las características E/S mediante la selección, las restricciones, el análisis de las inversiones y la propiedad activa, pero no tienen como objetivo las inversiones sostenibles. Los fondos integran ESG identificando y abordando sistemáticamente los factores de sostenibilidad durante el proceso de inversión.
Este fondo cumple con los requisitos de LuxFLAG ESG, que es una de las etiquetas de sostenibilidad más antiguas de Europa. La certificación implica el cumplimiento de amplios requisitos respecto al trabajo realizado en materia de inversiones sostenibles. Puede obtener más información aquí.
Sicav fond
De acuerdo con la Ley Federal Suiza de Instituciones de Inversión Colectiva (Ley de Instituciones de Inversión Colectiva – CISA), una institución de inversión colectiva abierta puede tener la forma de un fondo contractual o de una sociedad de inversión de capital variable (SICAV).
Cada institución de inversión colectiva abierta tiene su propio reglamento de fondos (a menudo denominado también folleto). Los fondos contractuales están regulados por el contrato de inversión colectiva (por ejemplo, el contrato del fondo). En las SICAV, son los estatutos y el reglamento de inversión.
En España, una SICAV es una sociedad anónima cuyo objeto es la inversión en activos financieros. Las SICAV tienen grandes ventajas fiscales, pagando el impuesto de sociedades a un tipo de sólo el 1%. No obstante, tienen que cumplir varios requisitos:
Fondo Fcp
Las SICAV están obligadas a registrarse en la CNMV y a publicar la misma información a sus accionistas y potenciales inversores -tanto por medios impresos como electrónicos- que los fondos de inversión: folleto (completo y simplificado); informe anual y cuentas con informe de gestión, informes trimestrales y semestrales; hechos relevantes y participaciones, en la forma y plazo establecidos por la ley; y el valor liquidativo diario.
También hay normas especiales que cubren la transferencia de valores al valor neto de los activos previa solicitud y un procedimiento para proporcionar liquidez a las acciones. La versión anterior de la Ley exigía que las SICAVs cotizaran sus acciones en bolsa para ser consideradas SICAVs y disfrutar del tratamiento fiscal particular aplicable a este tipo de inversiones. La nueva Ley ya no exige la cotización en bolsa. Ésta es ahora opcional para la negociación de las acciones de una SICAV y se establecen procedimientos alternativos en el Reglamento.
La liquidación y compensación de los valores y del efectivo de las operaciones se realizará a través de Iberclear de acuerdo con los mismos procedimientos y plazos que se siguen actualmente para los valores cotizados en (D+2). El registro de valores negociados en BME MTF Equity se actualizará en función de las instrucciones que envíe Iberclear como consecuencia de la liquidación de operaciones o de la notificación de cambios de titularidad. Asimismo, se comunicará a Iberclear la entidad que ha sido designada para mantener actualizado el registro de accionistas.
Oeic
Disposiciones relativas a la entidad y al productoDado que la entidad y el producto son indisociables, los estatutos deben contener disposiciones para ambos. Las SICAV deben definir un reglamento de inversión cuyo contenido se basa en las disposiciones del contrato del fondo, salvo que CISA o los estatutos dispongan lo contrario (art. 62b CISO). El reglamento de inversión especifica las inversiones, la política de inversión, las restricciones de inversión, la diversificación del riesgo y los riesgos asociados a las inversiones.
SICAV autogestionadas y gestionadas externamenteEs importante distinguir entre las SICAV autogestionadas y las gestionadas externamente. Estas últimas sólo pueden delegar su administración en una sociedad gestora de fondos autorizada (art. 51.2 CISO). Las SICAV sólo pueden delegar las decisiones de inversión en personas sujetas a una supervisión reconocida (Art. 36 párrafo 3 CISA).Salvo que se indique expresamente lo contrario, el proceso de solicitud es idéntico para ambos tipos de SICAV.Cambios en las circunstancias